REGLAMENTO INTERNO Y DISCIPLINARIO DEL CLUB

 

Aprobado por Junta Directiva el 11-01-2019

El presente Reglamento de Régimen Interno tiene por objeto regular la organización y funcionamiento del Club Voleibol Sant Jon d’Alacant (en adelante El Club), dentro del marco de la legislación deportiva vigente, y con sujeción plena a lo establecido en su ideario, y Estatutos.

Todo jugador/a, entrenador/a, delegado/a socio/a y directivo/a del Club estará obligado a cumplir esta normativa interna.

Para el buen funcionamiento del Club se ha diseñado este régimen interno, el cual deberá ser leído detenidamente y firmado en caso de ser aceptado en su totalidad, como muestra de aprobación y cumplimiento. No pudiendo pertenecer a este club todos aquellos que no firmen, y que por tanto no acepten, dicho reglamento.

El presente reglamento es de ámbito interno y aplicable a todos los miembros del Club, independientemente del cargo que ocupen.

Las modificaciones de este Reglamento se aprobarán por propuesta de la  Junta Directiva.

El presente Reglamento de Régimen Interno entrará en vigor a partir de la fecha de su aprobación en la Junta Directiva.

 

CAPITULO PRIMERO                                                                          

IDEARIO DEL CLUB

El Club Voleibol Sant Joan d’Alacant, es un Club Deportivo, sin ánimo de lucro, legalmente constituido en el ámbito de la Legislación deportiva de la Comunidad Valenciana, y que tiene como fin el cumplimiento de los siguientes

OBJETIVOS:

  • Difundir entre todos sus componentes y mediante los medios a su alcance, la práctica deportiva del Voleibol.
  • Participar en competiciones oficiales al más alto nivel posible y en todas sus categorías.
  • Formar a todos/as aquellos/as jóvenes que lo deseen en la práctica deportiva del Voleibol en el marco de esta normativa.
  • Inculcar los valores deportivos y sociales que estén a su alcance entre todos los miembros del Club.
  • Integrar en el Club a todas aquellas personas relacionadas directa o indirectamente con el objetivo final del mismo, tanto en el ámbito deportivo como social, buscando un ambiente agradable y disciplinado, que facilite el desarrollo de todas las actividades que se realicen en cumplimiento de los fines establecidos.

El Club Voleibol Sant Joan d’Alacant es un Club con muchos años de historia que representa a todos los integrantes del mismo, presentes y pasados. Por este motivo cada uno de sus componentes ha de colaborar a potenciar el buen nombre del Club, ya sea con determinados actos, imagen y/o actitudes. Formar parte de este Club debe constituir un orgullo y una responsabilidad, concretados en los derechos y obligaciones que recoge el presente reglamento.

Entre todos los miembros del Club debemos de lograr hacer un Club más grande y competitivo día a día, a nivel deportivo, económico y social. Independientemente de cuál sea su función, cada miembro deberá colaborar al máximo para que esto sea posible.

Las acciones deportivas, económicas y sociales del Club deben sustentarse en el máximo respeto a todas las personas con las que sus miembros se relacionan, tanto compañeros, entrenadores, jugadores, árbitros, aficionados, directivos, etc. …

Las instalaciones y equipamiento que se dispongan para el uso de los miembros del Club deben disfrutarse con el máximo cuidado y respeto, independientemente de que sean propias o cedidas por otras entidades.

CAPITULO SEGUNDO

MIEMBROS Y DEMÁS PERSONAL DEL CLUB

Art. 1. COLABORADORES RESPONSABLES DEL CLUB

1.1 Se entiende como colaboradores responsables del Club cualquier persona que, de forma directa o indirecta haga un servicio en el Club, independientemente de si percibe salario, gratificación o si realiza sus tareas en calidad de voluntario/a, siempre que esté representando al Club.

1.2 Toda persona vinculada al Club tendrá que respetar tanto las instalaciones como al personal, demostrando una correcta educación y comportamiento, ya que la imagen del Club es la de las personas que trabajan en él.

Art. 2. DIRECTOR/A DEPORTIVO/A

2.1 Es elegido, o destituido, por acuerdo de la Junta Directiva del Club y nombrado o cesado por el presidente.

2.2 Planifica, dirige y coordina todas las actividades deportivas que se realizan en el ámbito deportivo.

2.3 Controla todas las actividades de carácter disciplinario de acuerdo con las disposiciones vigentes, en contacto con la Junta Directiva.

2.4 Tiene como objetivo fundamental la gestión, seguimiento y control de equipos y jugadores, en todas las categorías y edades, vigilando el adecuado cumplimiento de la formación integral de todos y cada uno de los jugadores del Club. Podrá ejercer, simultáneamente, cualquier otra actividad relacionada con el Club (tal como entrenamientos, control de horarios, etc…)

2.5 Estará en disposición de solventar cualquier duda, comentario, petición o reclamación de los entrenadores en el ámbito deportivo.

2.6 Evaluará, y establecerá un seguimiento de los entrenadores, orientándolos en el ámbito deportivo y haciendo las recomendaciones que se crean necesarias. Tendrá la facultad de cesar de su cargo a cualquier entrenador que no cumpla con sus responsabilidades, según lo indicado en el presente reglamento.

2.7 Informará a la Junta Directiva de todos aquellos asuntos deportivos y disciplinarios que afecten al Club.

2.8 Velará por el cumplimiento del régimen interno.

2.9 Propondrá a la Junta Directiva aspectos relativos a la mejora del funcionamiento del área deportiva.

2.10 Estará facultado para pasar jugadores de un equipo a otro por motivos técnico-deportivos, incluso de una categoría a otra siempre sin incumplir la normativa vigente.

2.11 Atenderá las consultas de los padres o responsables de los jugadores, una vez superado el ámbito de cada uno de los equipos.

Art. 3. ENTRENADOR/A

Los/as entrenadores/as son aquellos miembros del Club que desempeñan la función docente en el ámbito deportivo, y cuyo ejercicio se orientará a la realización de los fines educativos y deportivos establecidos en el ideario del Club.

Por su proximidad al jugador, constituyen el eje principal de su formación y gozan de la absoluta confianza tanto del director deportivo, como de la Junta Directiva.

La designación de entrenadores compete a la Junta Directiva, a propuesta del director deportivo.

3.1. DERECHOS

  1. Ejercer sus funciones dentro del respeto al Ideario del Club, en los equipos de trabajo que se les destine.
  2. Ser informado por quien corresponda de los asuntos que atañen al Club en general, y a ellos en particular.
  3. Ser tratados con corrección y respeto por el resto de los estamentos e integrantes del Club.
  4. Utilizar los medios materiales e instalaciones del Club para cumplir los fines del mismo.
  5. Presentar peticiones, sugerencias y quejas del orden deportivo por escrito ante los órganos del Club.
  6. Establecer un régimen interno de funcionamiento en el equipo que dirige, ampliando lo dispuesto en el presente reglamento siempre con la revisión y aceptación del Club antes de su aplicación.

3.2 DEBERES:

 3.2.1.- Generales

  1. Elaborar la planificación anual de las actividades a su cargo y una vez aprobada por el director deportivo, desarrollar y cumplir con la programación establecida.
  2. Mantener un aspecto y una conducta digna y respetuosa en el desarrollo de sus funciones.
  3. Llevar siempre el equipamiento deportivo adecuado a la actividad de que se trate.
  4. No suspender o modificar horarios o días de entrenamiento sin conocimiento del director deportivo.
  5. Atender las consultas de los jugadores, estimular su esfuerzo y favorecer la convivencia.
  6. Atender las consultas de los padres de los jugadores en orden a compartir la tarea educadora en el ámbito de su competencia.
  7. Aplicar el régimen disciplinario del Club, en el nivel de su competencia.
  8. Colaborar con las diferentes actividades que se realicen en el Club
  9. Respetar y cumplir los acuerdos tomados por la Junta Directiva.

3.2.2.- Entrenamientos

  1. Preparar los entrenamientos con los objetivos y aspectos a mejorar.
  2. Llegar con tiempo de antelación al inicio de los entrenamientos para preparar el material y recibir a los jugadores.
  3. Dirigir el entrenamiento intentando aprovechar al máximo el tiempo para la mejora de los jugadores y manteniendo la disciplina en grupo.
  4. Recoger y contabilizar el material asignado a su equipo al acabar el entrenamiento.
  5. Fomentar el respeto por el material del Club e instalaciones.
  6. Llevar un control de asistencia de los entrenamientos.

3.2.3.- Partidos

  1. Hacer convocatorias con tiempo suficiente previo al partido, respetando la posible planificación de la vida de los/as jugadores/as.
  2. Llevar un adecuado control de fichas federativas y equipación para el partido en colaboración con los responsables de estos asuntos.
  3. Tener teléfonos de todos los jugadores o de los padres para poder localizarlos.
  4. Llegar antes de la hora de convocatoria, dando así tranquilidad a los jugadores y padres.
  5. Estar en el campo donde se jugará antes del inicio del partido, con el tiempo suficiente para preparar adecuadamente los diferentes aspectos del encuentro (aprox. 60′)
  6. Dirigir el partido cuidando las formas y el lenguaje y fomentando la deportividad y el rendimiento tanto individual como colectivo.
  7. Control del vestuario después del partido hasta que salga el último jugador.
  8. Responsabilizarse de cualquier otra situación que El Club y la Junta Directiva consideren oportuno.

3.3 Ante cualquier otra situación que no esté contemplada de manera literal en el presente Reglamento, que perjudicase de cualquier manera tanto al equipo al que se pertenece, como al Club, la Junta Directiva se reserva la potestad para tomar las medidas que considere oportunas para resolver dichas situaciones, velando así por el buen funcionamiento del Club.

Art. 4 DELEGADO/A

Art. 5 JUGADOR/ A

Se considerará jugador/a del Club, a toda persona que practique el Voleibol o el Vóley playa en el ámbito de las actividades programadas por el Club, independientemente de tener suscrita o no, la correspondiente licencia federativa.

5.1 DERECHOS

  1. El jugador tiene derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.
  2. Todos los deportistas tienen derecho a las mismas oportunidades de acceso a los distintos niveles deportivos. No habrá más limitaciones que las derivadas de su aprovechamiento o aptitudes para el deporte.
  3. El Club se compromete a facilitar:
  • Un entrenador por equipo
  • Instalaciones deportivas adecuadas, dentro de sus posibilidades.
  • Material deportivo
  • La equipación oportuna para la celebración de los partidos, previo pago de la misma.
  • Un horario de entrenamiento
  • Participación de los equipos en competiciones oficiales
  • La enseñanza de la disciplina deportiva
  • La debida educación deportiva que contribuya a completar la formación integral del deportista.
  1. Todos los jugadores tienen derecho a que se respete su integridad física, moral y su dignidad personal, no pudiendo ser objeto de vejaciones físicas y morales.

5.2 DEBERES

5.2.1. Se comprometerán a efectuar los pagos acordados y requeridos por el Club, en la forma y plazos establecidos. El incumplimiento de cualquiera de estos pagos sin la autorización de la Junta Directiva supondrá la retirada de la ficha y la pérdida de condición de jugador, hasta la subsanación de esta circunstancia, y la correspondiente autorización del Club.

5.2.2.- Entrenamientos

  1. Asistir a los entrenamientos previamente establecidos, esforzándose y obligándose a aprender y mejorar en todos los aspectos.
  2. Los/as jugadores/as deberán estar completamente equipados y preparados para dar comienzo el entrenamiento con rigurosa puntualidad.
  3. Nadie puede empezar o irse de un entrenamiento sin el consentimiento del entrenador.
  4. Cuidar el material deportivo del Club y sus instalaciones haciendo un uso adecuado y correcto de los mismos.
  5. Ayudar con el material al inicio y al final del entrenamiento.
  6. Durante la sesión de entrenamiento no se puede llevar reloj, anillos, pulseras, pendientes, piercings u otros elementos que puedan ocasionar daño a uno mismo o a un compañero.
  7. Se utilizará la ropa adecuada y autorizada por cada uno de los entrenadores.
  8. Se mantendrá una relación correcta y cordial con los compañeros. Se evitarán insultos y bromas pesadas o de mal gusto, de no ser así, será motivo de sanción.
  9. La relación con los entrenadores, al igual, que con el resto de los miembros del Club, estará basada en la educación y el respeto.
  10. Asumirá respetuosamente las consignas e indicaciones de los entrenadores, acudiendo rápido a la llamada del entrenador dejando inmediatamente cualquier actividad que esté desarrollando.
  11. El jugador estará dispuesto en todo momento, a formar parte de otro equipo de la entidad, transitoriamente o definitivamente, si así lo decide la Comisión Técnica.
  12. No podrá faltar a ningún entrenamiento bajo ningún concepto (incluida lesión y mal tiempo), si no se avisa con anterioridad al entrenador y éste le da permiso.
  1. El entrenador estará al corriente de las lesiones, enfermedades y de las condiciones físicas y anímicas que impidan al jugador rendir en los entrenamientos.
  2. Se solicitará la autorización del entrenador, para desarrollar cualquier actividad físico-deportiva fuera del ámbito de actuación del Club, independientemente de la vinculación más o menos directa con el Voleibol
  3. La hora de entrenamiento es la hora de entrada en pista, si se necesita calentar determinada articulación, un vendaje específico etc., se deberá acudir antes de la hora de comienzo al pabellón o de lo contrario, podrá ser considerado por el entrenador como retraso del jugador.
  4. Todo/a jugador/a que milite en categoría de rendimiento o federada, esta obligada a pasar el correspondiente reconocimiento médico deportivo.

5.2.3 Partidos

  1. Asistirá a todos los partidos a los que sean convocados y con la antelación determinada por el entrenador y con la equipación deportiva del Club.
  1. Asistirá en las condiciones ideales para jugar al Voleibol o Vóley playa. El jugador debe cuidar su cuerpo, ya que es la herramienta de trabajo y por ese motivo debe evitar aquellas actividades y conductas que pongan en peligro o condicionen su rendimiento deportivo.
  2. En el caso de los partidos fuera de casa, no se le permitirá ir directamente al campo sin avisar previamente al entrenador.
  3. El comportamiento será siempre el correcto, evitando en todo momento acciones que perjudiquen la imagen del Club, y la del propio jugador. Respetará a los árbitros, equipo rival, y por supuesto a los propios compañeros.
  4. El jugador/a tiene la obligación de avisar con la suficiente antelación, de la no asistencia al partido, para permitir la convocatoria de otro jugador/a.
  5. Los/as jugadores/as lesionados/as y los no convocados, tienen la obligación de asistir a los partidos que el equipo dispute, como local, salvo autorización expresa del entrenador.
  6. Todas las decisiones y órdenes que dan los entrenadores durante el transcurso de un partido han de ser respetadas. Si esto no ocurre, o se hace caso de orientaciones, comentarios o sugerencias que desde fuera del campo nos hacen llegar personas que no son del Cuerpo Técnico, el/la jugador/a será sustituido/a inmediatamente o el entrenador podrá establecer con el/la jugador/a la medida disciplinaria que estime oportuna.
  7. El protocolo previsto para el partido debe respetarse, independientemente del resultado, o de las circunstancias del partido.
  1. Si el partido es dirigido en determinadas circunstancias, por un entrenador que no es el «titular» de ese equipo, este tendrá la misma potestad que el entrenador principal y sus órdenes y decisiones deberán de ser respetadas de igual modo.
  2. El jugador/a deberá comprometerse a cumplir estas normas dentro y fuera del Club
  3. Apoyará y dará ánimos a sus compañeros, nunca realizará críticas negativas del equipo, del Club o de sus compañeros. El Club estima que la humildad es una de las mejores virtudes de un deportista, así, nunca hay que menospreciar a un compañero ni a un rival.

5.2.4 Competiciones

  1. La participación en Selecciones Autonómicas, Nacionales o de otra índole, tanto de Voleibol como de Vóley-Playa, tiene que ser autorizada por el entrenador y director deportivo, debiendo estos informar, antes de la autorización, a la Junta Directiva la cual deberá ratificar o denegar dicha autorización. En ningún caso deberá afectar a las competiciones en las que esté inscrito como jugador de este club en esa temporada.
  2. La participación de cualquier jugador en entrenamientos, competiciones u otro tipo de eventos, como miembro de otro club deportivo, deberá ser solicitada por el jugador a su entrenador correspondiente, siendo necesaria la autorización por parte de la Junta Directiva en dichos actos.
  3. En cualquier caso, la participación en cualquiera de los eventos indicados en los puntos anteriores sin la correspondiente autorización, será considerada falta muy grave pudiendo llegar a la expulsión como jugador del Club si fuera considerado oportuno por la Junta Directiva y el cuerpo técnico.
  4. Ningún jugador deberá actuar de forma contraria a los intereses de su equipo y, por ende, del Club, siendo considerado falta muy grave el incumplimiento de esta norma.

5.3 Ante cualquier otra situación que no esté contemplada de manera literal en  el presente Reglamento, pero que puedan perjudicar de cualquier manera tanto al equipo al que se pertenece, como al Club, será la Junta Directiva la que tome las medidas que considere oportunas para resolver dichas situaciones.

Art. 6 PADRES/TUTORES

  1. Los padres y familiares son una parte muy importante para el buen funcionamiento del Club, de ahí que su ayuda y colaboración en todo lo posible facilitará la buena marcha de los diferentes equipos.
  2. La inscripción de un jugador al Club supone el conocimiento y la aceptación por parte de los padres del ideario y demás normativa, así como de procurar que sus hijos las respeten.
  3. Al principio de cada temporada se facilitarán los datos identificativos, administrativos y autorizaciones pertinentes que el Club les solicite, siempre de cuerdo con la normativa de protección de Datos en vigor.
  4. Los padres tendrán derecho a ser informados de la marcha deportiva y del comportamiento de sus hijos.
  5. Podrán solicitar entrevistas con el entrenador o director deportivo, mediante escrito dirigido al director deportivo, para aclarar cualquier aspecto relacionado con sus hijos, no pudiendo interrumpir el entrenamiento en ningún caso, ni provocar que se produzca un retraso al inicio del mismo.
  6. Tienen prohibido el acceso a los vestuarios y a las pistas de juego.
  7. Aceptarán las decisiones tomadas por los entrenadores o coordinadores que afecten al ámbito deportivo.
  8. Evitarán comentarios técnico-tácticos a los entrenadores y jugadores tanto en los partidos como en los entrenamientos, hay que apoyar y facilitar la labor de los entrenadores en sus tareas.
  9. Procurarán en la medida de sus posibilidades, acompañar al equipo y colaborar en el desplazamiento de los jugadores a los campos ajenos.
  1. El comportamiento debe ser ejemplar, se evitará utilizar vocabulario grosero o tener actitudes poco correctas con árbitros, otros padres, contrarios, entrenadores, jugadores, tanto en partidos como en los entrenamientos.

CAPITULO TERCERO

RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Art.7 APLICACION

  1. La presente normativa será de aplicación a todos los miembros del Club.
  2. Los miembros de la Junta Directiva en general, el director deportivo y entrenadores en particular, pondrán especial cuidado en la prevención de las actuaciones disciplinarias presentes en esta normativa, mediante el contacto y colaboración constante.
  3. Sin perjuicio de acciones posteriores, los entrenadores podrán adoptar las medidas que consideren oportunas para mantener el orden dentro del equipo, comunicándola con posterioridad al director deportivo.

Art.8 INFRACCIONES

Las faltas podrán ser:

  • Leves
  • Graves
  • Muy graves

8.1 Faltas leves:

  1. Las faltas injustificadas de puntualidad.
  2. Las faltas injustificadas, no reiteradas, de asistencia a entrenamientos y partidos.
  3. La actitud pasiva en entrenamientos y partidos.
  4. Falta de respeto o desconsideración hacia alguno de sus compañeros, entrenador, árbitro, contrarios, público o cualquier persona relacionada con la actividad.
  5. Mal uso del material o instalaciones del Club.
  6. Los actos de indisciplina, injuria u ofensa no graves.
  7. Desarrollar cualquier actividad físico-deportiva, independientemente de la vinculación más o menos directa con el Voleibol, sin autorización expresa del entrenador/a.
  8. Sanciones injustificadas en el desarrollo del partido, vestimenta inadecuada o hábitos higiénicos inadecuados.
  9. Cualquier acto injustificado que altere levemente el normal desarrollo de las actividades del Club.

8.2 Faltas graves:

  1. Las faltas injustificadas reiteradas de asistencia a entrenamientos y partidos.
  2. La reiterada y continua falta de respeto hacia compañeros, entrenadores, árbitros, contrarios, público o cualquier otra persona relacionada con la actividad.
  3. Causar por uso indebido daños graves a objetos o dependencias del Club, material, ropa, etc.
  1. No acudir a una convocatoria de un equipo de cualquier categoría, cuando por causas especiales y justificadas, sea necesaria su presencia.
  2. Reiteradas faltas leves en una misma temporada.
  3. Actos injustificados que alteren gravemente el normal desarrollo de las actividades del Club.
  1. Otras que el Club en reunión de su Junta Directiva pueda considerar como graves.

8.3 Faltas muy graves:

  1. Los actos de indisciplina, injuria u ofensa muy graves contra miembros del Club u otros en deterioro de la imagen del Club.
  1. Cualquier agresión física contra miembros del Club u otras personas ya sea en las propias instalaciones del Club o fuera de ellas.

3. La acumulación de 2 o 3 faltas graves.

  1. Otras que el Club en reunión de su Junta Directiva pueda considerar como muy graves.

Art. 9 SANCIONES

Por la comisión de las faltas enumeradas se impondrán las siguientes sanciones:

9.1 Por Faltas leves:

  • Amonestación privada.
  • Amonestación por escrito que se comunicara a los padres/tutores.
  • Realización de tareas de colaboración con el Club en entrenamientos u otras actividades, 1 a 2 semanas.
  • Suspensión de la práctica deportiva (entrenamientos y partidos), de 1 a 2 semanas.

9.2 Por Faltas graves:

  • Amonestación por escrito con un informe detallado que se comunicara a los padres/tutores.
  • Realización de tareas de colaboración con el Club en entrenamientos u otras actividades, 3 a 6 semanas.
  • Suspensión de la práctica deportiva (entrenamientos y partidos), de 3 a 6 semanas.

9.3 Por Faltas muy graves:

  • Amonestación por escrito con un informe detallado que se comunicará a los padres o familiares.
  • Suspensión de la práctica deportiva (entrenamientos y partidos), de 2 meses a 1 temporada o EXPULSIÓN DEFINITIVA. La Junta Directiva podrá acordar la readmisión del jugador previa petición y comprobación de un cambio positivo de actitud.

Art. 10 EL COMITÉ DE DISCIPLINA

Estará integrado por los siguientes miembros:

  • El/la Presidente/a del Club o persona en quien delegue.
  • El Secretario de la Junta Directiva que elevará acta.
  • Un miembro de la Junta Directiva.
  • El Director deportivo.
  • El entrenador correspondiente del equipo afectado.

Art. 11 TRATAMIENTO DE LOS IMPAGOS DE CUOTAS

Tal como se indica en el punto 5.2.1 de este Reglamento, se trata de una situación de especial gravedad, dada la implicación que en el normal desenvolvimiento del Club puede tener esta casuística.

Por ello, se establece, de forma excepcional, el tratamiento de este tipo de falta fuera de las condiciones normales del reglamento disciplinario.

Los pagos deben efectuares en los cinco primeros días del mes que corresponda.

En caso de no efectuarse, el día diez de cada mes en cuestión, se pasará nota a cada entrenador para que efectúe una gestión personal y privada a los jugadores/as implicados/as.

Si aun así no se regularizase la situación, el día 15 de cada mes se cursara reclamación vía email desde la Junta Directiva a los padres de los implicados.

Si todavía persistiera la situación irregular, el día 20 se reuniría la Junta Directiva en funciones de Comité Disciplinario, sin convocatoria previa necesaria, para adoptar la sanción que corresponda, pudiendo ser de suspensión de jugar competición, suspensión de entrenamientos o expulsión del Club, en función de las circunstancias que acompañen cada caso, y hasta que la situación se regularice, o de forma definitiva, en casos de extrema gravedad.

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